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Retención en la fuente ¿qué UVT se debe utilizar para el cálculo del porcentaje fijo?

El porcentaje fijo de retención o procedimiento 2 es uno de los procedimientos utilizados en Colombia para el cálculo de la retención en la fuente sobre ingresos laborales.  Su determinación debe efectuarse en los meses de junio y diciembre.  Aquí te contamos detalles indispensables para su correcto cálculo.

Equipo Siempre al día

20 Nov 2023

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3 min de lectura

Cálculo del porcentaje fijo de retención en la fuente

El porcentaje fijo de retención se encuentra regulado en el artículo 386 del Estatuto Tributario -ET-, y consiste en tomar en los meses de junio y diciembre el total de los pagos laborales de los doce (12) meses anteriores a dichas fechas. 

Posteriormente, deben hacerse las depuraciones permitidas por la norma tributaria en relación a los ingresos no gravados, deducciones y rentas exentas que procedan teniendo en cuenta las respectivas limitaciones. Una vez se ha efectuado tal depuración se obtiene el salario mensual promedio gravable de los doce (12) meses anteriores.

Dicho salario mensual promedio, deberá buscarse en la tabla del artículo 383 del ET y de esta manera se obtendrá el porcentaje fijo de retención que se aplicará en cada uno de los seis (6) meses siguientes, es decir para el caso del cálculo que se realiza en diciembre de 2023, será el porcentaje aplicable para el semestre enero-junio de 2024.

¿Cuál es el valor de la UVT que se debe utilizar para el cálculo del porcentaje fijo de retención en la fuente en diciembre de 2023?

De acuerdo con el artículo 1.2.4.1.4 del DUT 1625 de 2016, el valor de la UVT a utilizar al buscar el salario mensual promedio en la tabla del artículo 383 del ET será la UVT del año en el que se efectúa el cálculo. En este caso para el cálculo que se realiza en diciembre de 2023 será la UVT de 2023 ($42.412). 

En el caso del cálculo de los límites para los diferentes beneficios tributarios procedentes en la depuración de la base gravable sujeta a retención, el valor de la UVT será aquella vigente en el año gravable donde se aplicará el porcentaje fijo de retención; es decir, el valor de la UVT vigente para 2024.

Tip Alegra: para el caso del porcentaje fijo de retención que se deberá calcular en el mes de junio de 2024, la UVT a utilizar para buscar el salario mensual promedio en la tabla del artículo 383 del ET y para la depuración de la base gravable sujeta a retención será la vigente para 2024. Dicho porcentaje fijo aplicará para los meses de julio a diciembre de 2024.

Descubre el impacto de la UVT 2024 en nuestro editorial “Valor de la UVT para el año gravable 2024: estos son los principales efectos.

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